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SÓLO $50 CADA DOS AÑOS POR CONTRACAUTELA EN EL JUICIO Ca$$aba

Para hacer efectiva la caución real de la cautelar del 25 de septiembre contra la "cajita feliz" en el expediente que iniciara "Gente de Derecho" existen diferentes modos de proceder según se trate de letrados incluidos en la resolución o de adherentes posteriores al fallo, o bien que cuenten o no con los $1.000 establecidos para afrontar la contracautela.

"Gente de Derecho", hoy conducción de nuestro CPACF ha ideado un sistema para que, en vez de pagar los $1.000 que estableciera la Sala IV del Fuero Contencioso Administrativo Federal, pueda abonar solo $50 cada dos años.

A.- LETRADOS INCLUÍDOS EN LA MEDIDA CAUTELAR DOBLE VARIANTE

1.- PAGANDO LA CAUCIÓN ÍNTEGRA DE $1.000: Es la más simple de las variantes, pagando los $1.000 establecidos por la Sala IV como contracautela. En este supuesto, se debe:

    a) Realizar el depósito judicial en la Sucursal Tribunales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden de autos "Rizzo, Jorge Gabriel y Otros c/Estado Nacional - Ministerio de Trabajo y otros s/Proceso de Conocimiento" (Expte. Nº 39215/04). Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 1 Secretaría Nº 1.

    b) Acreditar ese pago ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 1 Secretaría Nº 1 -Tucumán 1381 5° piso Capital Federal- con la presentación de un escrito para que se tenga por efectivizada la contracautela. En la misma presentación también solicitará que se ordene el libramiento de los oficios de estilo dirigidos a las sucursales Tribunales de los Bancos de la Ciudad de Buenos Aires y de la Nación, y a Ca$$aba. Además, deberá acompañar DOS copias del fallo completo del 25/9/07 en el que se concedió la medida cautelar: una para formar el incidente de caución y la otra para su certificación. Se puede obtener en el sector Informes, sede Corrientes 1441 PB, o desde el sitio http://www.cpacf.org.ar/gris/X_cautelarCass.htm

2.- PAGAR SÓLO $50 CADA DOS AÑOS: Dada la situación económica que transita la mayoría de los abogados, hemos conseguido que el Juzgado interviniente acepte que la contracautela pueda efectivizarse a través del pago de un seguro de caución de $50 cada dos años por cada beneficiario.

Acercarse al sector Informes, sede Corrientes 1441 PB, y llenar dos formularios, uno quedará en poder del Colegio Público que solicitará la emisión de las pólizas respectivas. El segundo debe ser guardado por el letrado, quien deberá abonar la suma de $50 en cualquier sucursal de Pago Fácil. Ese monto equivale al pago de la caución por el lapso de dos años.

Cada 15 días, el CPACF reunirá la mayor cantidad de suscriptores al seguro y, como la representación ha sido puesta en cabeza del presidente Jorge Rizzo, se solicitará la emisión de la póliza correspondiente y se acreditará en el expediente, solicitando la expedición de oficios y copias certificadas para cada letrado.

B.- ADHERENTES A LA DEMANDA POSTERIORES A LA CAUTELAR DEL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2007

A los letrados que han firmado como co-actores con posterioridad al dictado de la cautelar que obtuviera "GENTE DE DERECHO" el 25 de septiembre de 2007, se les hace saber que ya se han presentado una importante cantidad de adhesiones. El Juzgado ya ha conferido el traslado de la demanda y ha ordenado que se comunique a la contraparte para que los admita como terceros. Una vez que hayan sido aceptados -caso contrario promoveremos incidente de apelación- se dará a conocer el listado de los abogados que quedarán así formalmente tenidos por parte y podrán, en ese momento, optar por cualquiera de las opciones para hacer efectiva la caución real.

C.- NO PRESENTAR ESCRITOS DE ADHESIÓN EN EL EXPEDIENTE

Para no trabar la celeridad de la tramitación del expediente y no perjudicar derechos de terceros, se ruega no presentar adhesiones en el Juzgado sin la firma del Dr. Jorge Rizzo, atento ser el titular de la acción y sobre quien se unificó la personería. Cualquier escrito sin su firma hace, necesaria e irremediablemente, que se le deba correr un traslado, lo que dilata el normal desarrollo del proceso e incluso demora la pretensión de quienes desean incorporarse.

Como ven, seguimos yendo por más.

De nosotros depende PERO DE TODOS.

De Ustedes también.

         

Organización de Abogados "Gente de Derecho" Heredia 301. Capital Federal. Tel. 4382-5142 / 4313-0366 info@gentedederecho.com
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