CAE CA$$ABA Dictan cautelar contra CA$$ABA Baje el archivo Word
Consejo de la Magistratura Nacional
Salió la primera póliza dando por satisfecha la contracautela para quedar excluidos y no pagar Cassaba
El Juez Federal Ernesto Marinelli aceptó la primera póliza que da por satisfecha la caución para quedar fuera del sistema de Cassaba.
Colegas: Tengo el orgullo de informarles que, por fin, ha salido la primera tanda de letrados a quienes se les ha dado por satisfecha la contracautela para quedar fuera del inconstitucional, nulo e inaplicable sistema de seguridad social -Cassaba-.
Quienes no figuren, deben tener un poco más de paciencia. Recién ha aparecido la primera de las pólizas lo que nos da la certeza que quienes estén incluidos en las siguientes seguirán idéntico camino. Eso es lo realmente importante, el haberse abierto el camino.
Por favor, no se presenten solos en el expedientes y, respeten el instructivo que se ha brindadoa través del c.p.a.c.f., si aún no se han hecho del mismo, pueden seguirlo ingresando a nuestro instructivo desde "aquí". Observarán que hay varias exclusiones que han frenado la celeridad del expediente.
Como ven, nuestro recuperado Colegio Público de Abogados de la Capital Federal "va por más" y, día a día, se ocupa y se preocupa por todos los abogados de la Capital Federal.
Solo de nosotros depende, pero de todos.
De Ustedes también.
Jorge Rizzo Presidente CPACF
El Fallo y la nómina completa
"Buenos Aires, 26 de marzo de 2008. Atento a lo informado por el Sr. Prosecretario Administrativo, inclúyase a Dr. García Belmonte, Héctor Enrique en el presente incidente.
Exclúyase del presente incidente a D´Angelo, Alfredo César y Fuentes, Adrián Sergio, quienes podrán en su caso promover sendos incidentes de adhesión.
Exclúyanse del presente incidente a Norberto Jorge Amadeo y Armando Luis Resnik, deberán promover el pedido de aclaratoria de nombre por ante la Excma. Cámara, por ser quien ha dictado la resolución cautelar y ulteriormente promover el incidente que corresponda.
Exclúyase del presente incidente a quienes ya formaron individualmente su incidente en los términos establecidos en el punto I de la resolución 4.10.07-obrante a fs. 1978 del principal-, a saber: Julio Argentino Decoud (Nº 20), Lauría, Ramón Albín (Nº17), Bacchetta, Antonio Alberto (Nº18), Bernaus, José Felix (Nº19), Ledesma, Guillermo (Nº16), Lértora, Edgardo Víctor (Nº 21), Martínez, Hebe Mirta (Nº13).
Practíquese el desglose de sendas copias de la póliza de seguro, las que deberán agregarse en cada uno de los incidentes premencionados, y una vez juramentadas por los incidentistas, se proveerá lo que corresponda.
Consiguientemente los incidentistas indicados deberán ser testados de la nómina obrante a fs. 51 vta/52vta.
POR CUMPLIDA CON LA CONTRACAUTELA.
Líbrense los oficios ordenados en el punto VII de la resolución dictada por la Excma. Cámara con fecha 25 de septiembre de 2007 dirigidos a Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires y Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, cúmplase con la certificación de copia allí dispuesta la que deberá ser acompañada por la parte a tales efectos.
En cada una de las piezas a librarse deberá acompañarse un listado de los aquí actores cuya cautela se ha tenido por prestada o sea, el listado de fs. 51 vta/52 al que se le deberán detraer los incidentistas que fueron excluídos precedentemente. Fdo. Ernesto L. Marinelli. Juez Federal."
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